REVISTACIENTIFICAMULTIDISCIPLINARNUCLEODOCONHECIMENTO

Revista Científica Multidisciplinar

Pesquisar nos:
Filter by Categorias
Administración
Administración Naval
Agronomía
Arquitectura
Arte
Biología
Ciencia de la religión
Ciencias Aeronáuticas
Ciencias de la computación
Ciencias sociales
Cocina
Comunicación
Contabilidad
De marketing
Educación
Educación física
Ética
Filosofía
Física
Geografía
Historia
Ingeniería Agrícola
Ingeniería ambiental
Ingeniería Civil
Ingeniería de producción
Ingeniería de producción
Ingeniería Eléctrica
Ingeniería Informática
Ingeniería mecánica
Ingeniería Química
Letras de
Ley
Literatura
Matemáticas
Medio ambiente
Nutrición
Odontología
Pedagogía
Psicología
Química
Salud
Sem categoria
Sociología
Tecnología
Teología
Tiempo
Turismo
Veterinario
Zootechny
Pesquisar por:
Selecionar todos
Autores
Palavras-Chave
Comentários
Anexos / Arquivos

Paraísos fiscales: Aspectos positivos y negativos

RC: 73078
2.298
5/5 - (1 voto)
DOI: ESTE ARTIGO AINDA NÃO POSSUI DOI
SOLICITAR AGORA!

CONTEÚDO

ARTÍCULO DE REVISIÓN

OJEDA, Nataly Luiza Nantes [1]

OJEDA, Nataly Luiza Nantes. Paraísos fiscales: Aspectos positivos y negativos. Revista Científica Multidisciplinar Núcleo do Conhecimento. Año 05, Ed. 12, Vol. 03, págs. 69-80. Diciembre de 2020. ISSN: 2448-0959, Enlace de acceso: https://www.nucleodoconhecimento.com.br/contabilidad/paraisos-fiscales

RESUMEN

Este artículo tiene como objetivo dar a conocer los Paraísos Fiscales y su creciente uso, se sabe que la operación ha provocado una caída en la recaudación tributaria y, en consecuencia, el bloqueo del desarrollo económico de los países. Los objetivos giran en torno al análisis de los aspectos positivos y negativos, considerando que hay quienes aprovechan los beneficios que ofrecen los paraísos fiscales, así como quienes se ven perjudicados por esta práctica, abarcando sus conceptos, usuarios, pasando por una breve explicación de los los flujos de capital en el mundo, las consecuencias del aumento de este tipo de transacciones para los estados. La metodología tiene un enfoque cualitativo a través de una investigación exploratoria de carácter bibliográfico descriptivo con el fin de demostrar los problemas derivados del uso de paraísos fiscales por parte de personas naturales y jurídicas. Mucho se ha hecho para evitar las consecuencias negativas del uso de paraísos fiscales a través de BEPS en conjunto con el ICRICT que formula lineamientos a ser implementados para reducir la erosión de las bases imponibles de los estados, los aspectos negativos se caracterizan por la pérdida del poder estatal para la promoción y continuidad de los servicios básicos y la desaparición de las inversiones en políticas públicas que combatan problemas sociales como el hambre, el desempleo, la delincuencia, la salud, la educación, entre otros. Por otro lado, el término “paraíso fiscal” a pesar de ser visto comúnmente con cierta aversión por los medios de comunicación, la sociedad en general y los países, en un punto de vista tiene aspectos positivos porque su uso es una herramienta operativa de planificación fiscal financiera y comercial, el aumento de las ganancias. puede crear nuevas oportunidades comerciales y estas empresas pueden generar más puestos de trabajo e ingresos para los más pobres.

Palabras clave: paraísos fiscales, evasión fiscal, evasión fiscal, BEPS, ICRICT.

1. INTRODUCCIÓN

Los paraísos fiscales están asociados históricamente y principalmente a través de los medios de televisión, el capital ilícito, donde sería posible ocultar recursos financieros de las ilegalidades, pero también pueden ser utilizados por multimillonarios y empresas transnacionales para eludir los impuestos y aumentar su fortuna de una manera perfectamente lícita.

Actualmente no existen formas efectivas de impedir que las personas físicas y jurídicas transfieran beneficios a los países con impuestos bajos, ya que el sistema tributario internacional, que ha sido el mismo desde la década de 1920, es que hace 100 años el mundo ha utilizado las mismas normas reglamentarias.

Para evitar el debilitamiento masivo en la colección de estados, la OCDE y G20 han creado un programa que se ha conocido como BEPS (Base, Erosión, Beneficio, Cambio), aliado a BEPS también hay un grupo de expertos que se organizaron para supervisar el debate sobre la fiscalidad internacional y proponer alternativas al modelo de la OCDE.

Dicho esto, este artículo tiene como objetivo problemaizar los aspectos positivos y negativos del uso de paraísos fiscales.

2. REFERENCIA TEÓRICA

2.1 ¿QUÉ ES EL PARAÍSO TRIBUTARIO?

Los paraísos fiscales son zonas comerciales libres de recaudación de impuestos o con tipos cercanos a cero en las transacciones financieras, caracterizados por la ausencia de impuestos, garantías de secreto bancario e identidad de los inversores, lo que los convierte en un escondite perfecto para las personas físicas y jurídicas que deseen omitir sus beneficios.

Tales características significan que los países que las proporcionan han sido históricamente asociados, especialmente en los medios de televisión, con capital ilícito, donde sería posible ocultar recursos financieros de delitos como la corrupción y el tráfico de drogas y personas, sin ninguna pregunta, como se enseña (DE SÁ, 2016) “Los paraísos fiscales son vistos como un incentivo para las actividades ilícitas, y en el estudio en particular en , visto como un instrumento para actividades corruptas.”

Al respecto, el autor argumenta que “Los paraísos fiscales son generalmente vistos con prejuicio por la gente e incluso por los gobiernos de algunos países, entre ellos Brasil…” (DE MELLO, 2014), sobre el prejuicio en torno al tema, hay quienes si disfrutan de los beneficios que les ofrecen los paraísos fiscales, así como de los perjudicados por esta conducta, por eso los autores dicen (REIS y LOEBENS, 2019) “Los mayores perdedores son los Estados que pierden la riqueza generada en sus territorios y pierden sus ingresos fiscales, y en consecuencia también es perjudicó a la gran mayoría de la población de estos Estados… ”por la caída de los ingresos fiscales y, en consecuencia, el bloqueo del desarrollo económico de los países.

Dadas las definiciones y sus diferentes aspectos depende de la búsqueda de identificación de los usuarios, las transacciones financieras realizadas en paraísos fiscales son realizadas por particulares y personas jurídicas “…Los paraísos fiscales permiten a las personas y empresas ocultar información sobre sus actividades…” nuestro grifo (SNF y GFI et al., 2015), representada por multimillonarios y empresas transnacionales para eludir los impuestos y aumentar sus fortunas.

2.2 DESVENTA EL FLUJO DE CAPITALES EN EL MUNDO

Por mucho que los países de todo el mundo tengan sus propios sistemas de recaudación de impuestos, existen normas internacionales que regulan el movimiento de dinero entre países, el problema es que estas normas internacionales han entrado en vigor durante aproximadamente un siglo en mercados mucho menos globalizados que los actuales, debido a esto hay una cierta brecha que ha dado lugar a lagunas y lagunas en las normas que rigen el tránsito de capitales , es decir, dinero en todo el mundo.

Estas lagunas en la legislación permiten a las empresas transnacionales y multimillonarias (individuos y corporaciones) utilizar maniobras fiscales o ilegales para ocultar las ganancias y evadir el pago de impuestos, y uno de los principales mecanismos para ello es posible, es la existencia y el uso de paraísos fiscales, dado este escenario, las autoridades internacionales están cada vez más presionadas para crear un nuevo sistema internacional de impuestos , que es el mismo desde la década de 1920, por lo que narra (PRZEPIORKA, 2018) “… a partir de la década de 1920, se puede afirmar que se consolidó el modelo tributario internacional desarrollado a partir de las obras de Bruins, Stamp, Seligman y Eunadi…”.

Actualmente no existen formas efectivas de impedir que las personas físicas y jurídicas transfieran los recursos a los países con impuestos bajos, concluye el autor (PRZEPIORKA, 2018) “Elementos de conexión tradicionales cristalizados en el sistema jurídico internacional desde principios del siglo XX ya no se prestan a orientar las políticas fiscales internacionales en el entorno globalizado”. Teniendo en cuenta que a lo largo de estos 100 años, las empresas multinacionales han desarrollado una experiencia sin precedentes para reducir la presión fiscal internacional y continuar en su maniobra multiplicar sus ganancias, el autor DALMOLIN describe datos espantosos para medir valores:

Recientemente, el Banco Central de Brasil (2018) publicó el censo de capital brasileño en el extranjero. Estos datos revelaron que 60.301 personas (55.757 personas y 4.544 personas jurídicas) tienen casi un billón de dólares invertidos en el extranjero (aproximadamente el 25% del PIB). (DALMOLIN, 2018).

En este contexto, la OCDE y G20 crearon un programa que se conoció como BEPS (Base, Erosion, Profit, Shifting) MÉLO  y PIMENTEL como:

Impulsada por la crisis económica de 2008, de la que muchos países desarrollados aún no se han recuperado plenamente, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), junto con el Grupo de los 20 (G-20), puso en marcha en 2013 un Plan de Acción destinado a frenar el desvío de beneficios y la erosión de las bases fiscales, un programa que llegó a conocerse como Erosión Base y Cambio de Beneficios (BEPS). (MÉLO y PIMENTEL, 2016).

Traducción significa “… la erosión de la base y la transferencia de beneficios.” (NUNES, HALIK et al. 2017), su propósito es combatir la fuga de capitales y reanudar la capacidad de recolección de los países.

2.3 ABEJAS E ICRICT

En términos generales, a través de BEPS, se han creado medidas que mejoran los aspectos técnicos y administrativos y, sobre todo, aumentan la transparencia de las empresas en la publicación de sus estados financieros.

Pero a pesar de que la iniciativa fue ampliamente celebrada como un primer paso hacia la lucha contra la evasión, las respuestas todavía se alejan de resoluciones concretas al problema, fue a partir de esta observación que un grupo de quince expertos organizaron para supervisar el debate sobre la fiscalidad internacional y proponer alternativas al modelo de la OCDE, la asociación se conoció como ICRICT.

ICRICT es la Comisión Independiente para la Reforma de la Fiscalidad Internacional de Las Empresas que tiene como objetivo promover el debate sobre la reforma fiscal en las sociedades a nivel internacional a través de un debate que sea el más amplio e inclusivo posible de las normas fiscales internacionales; considerar las reformas desde la perspectiva del interés público mundial y no la nacional; y buscar soluciones fiscales justas, eficaces y sostenibles para el desarrollo. Griffin del autor (IJF, 2016).

El comité del ICRICT reúne a varios expertos como ejemplo de ganador del Premio Nobel de Economía y ex jefe del banco mundial Joseph Stiglitz y del economista y escritor francés Thomas Piketty, este grupo propone, por ejemplo, que las normas propuestas por el BEPS, se debatan y analicen en las Naciones Unidas (ONU) como una forma de democratizar el debate sobre el tema en cuestión.

Esto se debe al número limitado de países que desarrollaron el programa terminó generando una subrepresentación de los intereses de las naciones más pobres, por ejemplo, uno de los avances más claros propuestos en las abejas es la creación de legislación que obliga a las empresas multinacionales a divulgar sus estados financieros país por país:

La Declaración de país a país, establecida en Brasil a través del IN 1.681/16, es el resultado de la cooperación internacional vinculada a las acciones propuestas en el marco del Proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting and Profit Shifting), coordinada conjuntamente por los países miembros del G-20 y la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos). (GO FURTHER, 2017).

La medida simplificaría la supervisión de las posibles maniobras fiscales llevadas a cabo por las empresas, es decir, una mayor transparencia:

… utilizando el debate existente sobre la cooperación fiscal y las prácticas de transparencia que permitirían obtener información pertinente que pueda aumentar la eficacia de las actividades de inspección, tratar de aumentar los límites impuestos a la evasión fiscal. (BARRETO y TAKANO, 2016).

Sin embargo, la propuesta fue finalmente mitigada por otras dos cláusulas, la primera establece que sólo el país de origen de la multinacional, tendrá acceso a informes contables, sin obligación de compartir la información con otros países, la segunda determina que sólo las empresas con beneficios anuales superiores a 750 millones de euros están obligadas a divulgar dichos datos, veamos :

Arte. 4o Las entidades de país a país residentes en Brasil cuyos ingresos consolidados totales del grupo multinacional en el ejercicio anterior al ejercicio de la declaración, tal como se reflejan en los estados financieros consolidados del controlador final, son menores que:

I – R$ 2,260,000,000.00 (dos mil millones, doscientos sesenta millones de reales), si el controlador final reside en Brasil a efectos fiscales; O

II – € 750.000.000,00 (sietecientos cincuenta millones de euros), o el equivalente convertido por la cotización del 31 de enero de 2015 a la moneda local de la jurisdicción de residencia a efectos fiscales del responsable final. (IN 1681/2016).

En la práctica, esto limita el poder de supervisión de los países más pobres y excluye a alrededor del 90% de las multinacionales de la lista de obligaciones del BEPS.

Por otro lado, el ICRICT argumenta que el aumento real de la transparencia debe extender esta obligación a todas las empresas que tienen recursos en paraísos fiscales, y hacer que los datos sean accesibles a todos los Estados, sin ninguna limitación, así lo describe “… exigir la publicación de informes país por país para todas las empresas que se benefician del apoyo estatal.” (IJF, 2020).

EL ICRICT también hace otras propuestas que buscan corregir las distorsiones en las normas de tributación internacional, pero como ha ganado mayor centralidad en el programa está en la creación de un nuevo modelo de tributación de las multinacionales.

El uso de paraísos fiscales ya ha sido identificado en empresas como Google, Starbucks y Amazon:

La división de Amazon en el Reino Unido, por ejemplo, registró ventas de más de 8.000 millones de dólares el año fiscal pasado, pero pagó 18,1 millones de dólares en impuestos.

Google, a su vez, logró unos ingresos de 5.500 millones de dólares en 2013, año en que pagó 17,6 millones de dólares en impuestos.

Pero una de las empresas más cuestionadas fue Starbucks, que en 2012 reportó ventas de más de $600 millones, pero pagó cero impuestos corporativos. Nuestro Griffin (BBC, 2015)

Estas empresas mueven grandes cantidades de dinero mediante la realización de maniobras fiscales que eluden el pago de impuestos y, en consecuencia, inflan sus ganancias en paraísos fiscales.

Para eludir este marco, el documento preparado por ICRICT propone una resolución aparentemente simple, pero con grandes perspectivas de transformación: reconociendo a las multinacionales como entidades únicas, este cambio pondría fin a este tipo de práctica, sin importar si la empresa tiene una planplanada empresarial frontal en paraísos fiscales, ya que los beneficios de la empresa se calcularían globalmente.

La Comisión tiene por objeto promover el debate reformista mediante un debate más amplio y exhaustivo de las normas fiscales internacionales que sea posible en cualquier otro foro existente; considerar las reformas desde una perspectiva de interés público global y no desde una ventaja nacional; y buscar soluciones fiscales justas, eficaces y sostenibles para el desarrollo. (IJF, 2020).

Sobre la base de esto, la idea de los economistas es determinar qué valor se gravará, en función de parámetros materiales, tales como: ventas, número de empleados o plantas de producción, y finalmente el proyecto propone la creación de una división proporcional de impuestos recaudados, las regiones que concentran más actividades reciben más y las regiones que concentran menos actividades reciben menos.

3. METODOLOGÍA

La metodología presentada tiene un enfoque cualitativo ya que el método adoptado fue a través de investigaciones exploratorias de carácter bibliográfico descriptivo con el fin de demostrar los problemas derivados de la utilización de paraísos fiscales por parte de particulares y personas jurídicas.

La investigación bibliográfica se llevó a cabo de manera sintetizada en la que se seleccionaron artículos, publicaciones periódicas, tesis y disertaciones que abordaban conceptos sobre paraísos fiscales contenidos en bases de datos electrónicas.

Las búsquedas se realizaron en Google Scholar y Scientific Electronic Library Online (SciELO), los descriptores utilizados en estas bases, en portugués, fueron: “paraísos fiscales”, “evasión fiscal”, “evasión fiscal”, “BEPS”, “ICRICT”. El período de publicación de los estudios fue de 2012 a noviembre de 2020.

Además, la colección se llevó a cabo en bases teóricas de la literatura académico-científica (libros, revistas e informes) centrada en el tema propuesto.

4. DEBATES SOBRE LOS ASPECTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS DE LA UTILIZACIÓN DE LOS PARAÍSOS FISCALES

Actualmente de una manera sin precedentes en nuestra historia, 2.153 personas poseen más riqueza que 4.600 millones de personas, según datos de (OXFAM, 2020), no hay duda de que proyectos como BEPS merecen mérito para ser pioneros en la lucha contra los paraísos fiscales y la identificación de este problema como uno de los principales obstáculos para reducir las desigualdades sociales, pero en la comunidad internacional se acuerda que la urgencia de resolver estos conflictos requiere políticas más incisivas que fortalezcan las poder de recaudación del estado y ayudar al proceso de distribución de la riqueza, sin esto, la tendencia es que los próximos años mantienen el patrón de concentración de ingresos, visto en las últimas décadas, la población paga los relatos de la recesión como una poderosa minoría, surfea sobre los beneficios fiscales, huyendo de los impuestos y omitiendo sus ganancias.

Por otro lado, el término “paraíso fiscal” es comúnmente visto con cierta aversión por los medios de comunicación, la sociedad en general y los países, que muchas veces tratan de mantener estrictos controles y represión contra las personas y empresas que utilizan estos lugares para realizar inversiones y operaciones de mercado, cuando de hecho, el término puede ser, en una perspectiva más amplia, solo una herramienta operativa para la planificación tributaria, como se describe (RAMOS, 2019) “Paraíso Fiscal, en el sentido del término, no significa ni nos refiere a la práctica criminal. También sirven como “conductos” en las operaciones financieras internacionales y en el establecimiento de la planificación fiscal “. Después de todo, los montos invertidos en los paraísos fiscales no se derivan enteramente de actividades ilícitas y combatir su uso puede representar pérdidas para el progreso y la expansión. mercado globalizado, así como planificación fiscal, financiera y comercial:

Cabe recordar que, por planificación tributaria, se entiende aquel conjunto de ordenamientos jurídicos que apuntan a reducir el pago de impuestos; así, cualquier contribuyente tiene derecho a estructurar su negocio de la forma que le parezca más oportuna, buscando reducir costos, incluidos los impuestos sobre la renta generada en su negocio. Si esta persona o empresa lo hace legalmente, las autoridades deben respetarlo y no pueden pensar en obligar a las personas a pagar la mayor cantidad de impuestos posible a sus respectivos gobiernos. De hecho, se sabe que, con la globalización de la economía, la correcta administración de la carga tributaria se ha convertido en una cuestión de supervivencia, con el objetivo de minimizarla legalmente. (DE MELLO, 2014).

En otras palabras, el autor mantiene gran parte del mercado y las transacciones financieras realizadas en paraísos fiscales está permitida por la ley.

5. CONSIDERACIONES FINALES

El principal problema de la salida de recursos de países con altas cargas fiscales destinadas a paraísos fiscales, es la erosión de las bases imponibles de los Estados, que puede causar la pérdida de poder del Estado para la promoción y continuidad de los servicios básicos y el perecedero de las inversiones en políticas públicas que combaten los problemas sociales, como el hambre, el desempleo, la delincuencia, la salud, la educación, entre otros.

La dificultad de identificar la ruta del dinero y la falta de transparencia de las empresas son grandes obstáculos para combatir y supervisar el uso de paraísos fiscales, por otro lado, el paraíso fiscal no es sinónimo de ilegalidad, y cualquier ciudadano o empresario puede llegar a invertir legalmente en sus activos o sus activos financieros en otros países generalmente donde sus beneficios pueden alcanzar nuevas oportunidades de negocio , y estas empresas pueden generar más empleos e ingresos para los más pobres.

En cuanto a Brasil, también cabe señalar que es necesario formular políticas encaminadas a mantener los recursos financieros sin que esto atente contra la Carta Magna (BRASIL, 1988), que claramente permite en su artículo 5, XV, la libertad de locomoción en el territorio nacional, ingresando, permaneciendo y saliendo con sus bienes, por lo tanto, por mucho que las autoridades tributarias y la sociedad en general se vean perjudicadas por esta maniobra, no puede haber prohibición o limitación en relación a la salida de recursos y activos financieros del territorio nacional , ya que constituyen una estrategia de ordenamiento jurídico con legalidad.

6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

BARRETO, Paulo Ayres, TAKANO, Caio Augusto. Os desafios do planejamento tributário internacional na era pós-BEPS. In XIII Congresso – 50 anos do código tributário nacional, IBET, 2016. Disponível em https://www.ibet.com.br/wp-content/uploads/2017/09/BEPS.pdf. Acesso em 15 nov. 2020.

BRASIL. Dispõe sobre a obrigatoriedade de prestação das informações da Declaração País-a-País. Instrução Normativa RFB Nº 1681, DE 28 DE DEZEMBRO DE 2016. Disponível em:
http://normas.receita.fazenda.gov.br/sijut2consulta/link.action?idAto=79444. Acesso em 20 nov. 2020.

BRASIL. Constituição (1988). Constituição da República Federativa do Brasil. Disponível em http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm. Acesso em 20 nov. 2020.

BBC, World. As pessoas que “deixaram” o País de Gales para evitar o pagamento de impostos no Reino Unido. Notícia de 12 de novembro de 2015. Disponível em https://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/11/151112_economia_crickhowell_pueblo_gales_paraiso_fiscal_ch. Acesso em 20 nov. 2020.

DALMOLIN, Luís Carlos. A exploração tributária intermediada pelo estado: dos
mecanismos tributários anestesiantes à fictio juris,
Dissertação (Mestrado), Junho de 2016, Disponível em https://lume.ufrgs.br/handle/10183/187387. Acesso em 13 nov. 2020.

DE MELLO, Antônio C. T, Paraísos Fiscais e Estratégias Empresariais: Ensaios sobre Investimentos Offshore. Novembro 2014, Edição do Kindle.

DE SÁ, Daniel Ferreira, Paraísos Fiscais, Corrupção e Crescimento Econômico, Dissertação (Mestrado) Faculdade de Economia do Porto – junho de 2016. Disponível em https://repositorio-aberto.up.pt/bitstream/10216/86744/2/158522.pdf. Acesso em 12 nov. 2020.

GO FURTHER. Declaração país – a país e ação 13 do BEPS no Brasil. In Boletim Informativo, 04 de julho de 2017. Disponível em http://www.gofurthergroup.com.br/declaracao-pais-pais-e-acao-13-do-beps-no-brasil/#:~:text=A%20Declara%C3%A7%C3%A3o%20Pa%C3%ADs%2Da%2DPa%C3%ADs,G%2D20%20e%20pela%20OCDE. Acesso em 14 nov. 2020.

IJF, Instituto Justiça Fiscal. Declaração da ICRICT, 20 de abril de 2016, Disponível em https://ijf.org.br/declaracao-da-icrict/. Acesso em 14 nov. 2020.

IJF, Instituto Justiça Fiscal. ICRICT demanda medidas tributárias internacionais para uma recuperação econômica sustentável, 16 de junho de 2020, Disponível em https://ijf.org.br/icrict-demanda-medidas-tributarias-internacionais-para-uma-recuperacao-economica-sustentavel/. Acesso em 20 nov. 2020.

MÉLO, Luciana Grassano de Gouvêa, PIMENTEL, João Otávio Martins. O plano de ação beps e as mudanças de paradigmas na tributação, Revista Acadêmica Faculdade de Direito do Recife, Volume 88, número 2, julho/dezembro de 2016. Disponível em https://www.periodicos.ufpe.br. Acesso em 10 nov. 2020.

NUNES, André, HALIK, Aline Roberta et al. A redução da evasão fiscal com a adoção do BEPS – Base Erosion and Profit Shifting, dezembro de 2016, Revista Espacios Volume 38, nº 23 Ano 2017, Página 6. Disponível em:
https://www.revistaespacios.com/a17v38n23/a17v38n23p06.pdf. Acesso em 18 nov. 2020.

PRZEPIORKA, Michell. Possibilidade de tributação em bases territoriais no sistema jurídico brasileiro – ofensa ao princípio da universalidade? – Revista Direito Tributário Internacional Atual, n. 4 (2018), Disponível em: https://www.ibdt.org.br/RDTIA/n-4-2018/possibilidade-de-tributacao-em-bases-territoriais-no-sistema-juridico-brasileiro-ofensa-ao-principio-da-universalidade/. Acesso em 16 nov. 2020.

RAMOS, Samuel Ebel Braga. A lavagem de dinheiro por meio de paraísos fiscais como crime transnacional: a cooperação internacional na recuperação de ativos. Revista Jurídica da Escola Superior de Advocacia da OAB-PR Ano 4 – Número 2 – Outubro de 2019. Disponível em http://revistajuridica.esa.oabpr.org.br/wp-content/uploads/2019/10/revista-esa-10-cap-06.pdf. Acesso em 20 nov. 2020.

REIS, Arthur Harder, LOEBENS, João Carlos. A omissão das nomenclaturas tributárias: um breve estudo sobre os “paraísos fiscais. 2019. Disponível em:
https://ijf.org.br/a-omissao-das-nomenclaturas-tributarias-um-breve-estudo-sobre-os-paraisos-fiscais/. Acesso em: 12 nov. 2020.

SNF e GFI, Centro de Pesquisa Aplicada-Escola de Economia da Noruega; Global Financial Integrity et al. Fluxos Financeiros e Paraísos Fiscais: Uma Combinação para Limitar a Vida de Bilhões de Pessoas, dezembro de 2015, Disponível em:
https://www.globaltaxjustice.org/sites/default/files/FluxoFinanceiroFINAL.pdf. Acesso em 17 nov. 2020.

OXFAM. Bilionários do mundo têm mais riqueza do que 60% da população mundial. Documento Informativo da Oxfam Brasil, 19 de janeiro de 2020. Disponível em: https://www.oxfam.org.br/noticias/bilionarios-do-mundo-tem-mais-riqueza-do-que-60-da-populacao-mundial/. Acesso em 21 nov. 2020

[1] Licenciado en Ciencias Contables (2011) y Derecho (2018), con especialización en Gestión Pública de la zona de concentración en Administración Pública (2019).

Artículo: Noviembre de 2020.

Aprobado: Diciembre de 2020.

5/5 - (1 voto)
Nataly Luiza Nantes Ojeda

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

POXA QUE TRISTE!😥

Este Artigo ainda não possui registro DOI, sem ele não podemos calcular as Citações!

SOLICITAR REGISTRO
Pesquisar por categoria…
Este anúncio ajuda a manter a Educação gratuita