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El sistema educativo y sus impasses frente a la coordinación pedagógica

RC: 139070
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CONTEÚDO

ARTÍCULO ORIGINAL

SANTOS, Natalina Moraes [1], OLIVEIRA, Edilson Brito de [2]

SANTOS, Natalina Moraes, OLIVEIRA, Edilson Brito de. El sistema educativo y sus impasses frente a la coordinación pedagógica. Revista Científica Multidisciplinar Núcleo do Conhecimento. Año 04, Ed. 08, vol. 03, págs. 18-26. Agosto 2019. ISSN: 2448-0959, Enlace de acceso: https://www.nucleodoconhecimento.com.br/educacion-es/coordinacion-pedagogica

RESUMEN

El cuestionamiento presentado en este trabajo se originó durante los estudios del curso en “Formación por la Escuela” ofrecido por el FNDE (Fondo Nacional para el Desarrollo de la Educación) a través de la Dirección Municipal de Educación “Competencias Básicas”, encontró motivación para su elaboración a partir de las reflexiones a través del aprendizaje de las Políticas Públicas en el área de la educación realizadas por el Gobierno Federal, el financiamiento de estas políticas y el papel del FNDE en el apoyo a su implementación. Entendiendo que toda clase educativa culmina en un mismo objetivo, que es una educación pública de calidad para todos, se decide entonces resaltar uno de los impasses que enfrenta la coordinación pedagógica que, a nivel personal, dificulta el logro de este objetivo en el ámbito educativo cuando no se trata con significación, ya que este profesional necesita autonomía, ya que las Políticas Públicas Educativas vigentes y algunos principios administrativos gerenciales terminan comprometiendo lo concerniente al proceso de gestión del trabajo de coordinación dentro de las instituciones escolares, principalmente en los aspectos que expresa en cuanto a el control de las acciones docentes y la consecución del resultado de la Calidad Docente.

Palabras clave: FNDE, Coordinador pedagógico, Autonomía.

INTRODUCCIÓN

La educación es valorada como un bien en sí mismo, por las oportunidades que ofrece de enriquecimiento intelectual, cultural, social y profesional. Sin embargo, a pesar de todo su aprecio, no se convirtió en una prioridad para las políticas gubernamentales y, principalmente, municipales. Con el objetivo de lograr una educación de calidad, el MEC (Ministerio de Educación) se vinculó con algunas instancias, entre ellas destacamos el Fondo Nacional de Desarrollo Educativo (FNDE), que, según Moreira y Rizzoti (2009, p. 40) , “ El FNDE es responsable de redistribuir la contribución social del subsidio de educación”. Del monto, el 10% se invierte en programas, proyectos y acciones tendientes a universalizar la educación básica […]”. Es notoria la importancia que tiene este organismo en la promoción de una educación de calidad, igualitaria y autónoma.

Como parte del sistema educativo, cada escuela tiene la responsabilidad de brindar acceso a la educación, comprometida con asegurar el éxito académico de los estudiantes. Para ello, Moreira y Rizzoti (2009, p. 15), también dicen que “[…] para cumplir con este propósito, la escuela organiza su gestión con base en un conjunto de normas y procedimientos del sistema de administración pública de la educación para que está vinculado”. En este trabajo conclusivo, me gustaría identificar un problema educativo dentro de la comunidad en la que estoy inserto, presentando un análisis crítico.

La escuela en sentido genérico y en todos sus niveles, comparte muchas de las características de las organizaciones sociales en su intención de lograr objetivos con la mayor eficiencia y el menor costo institucional. El conocimiento que tenemos de la escuela en el sentido amplio de una institución educativa nos permite identificar en ella los siguientes rasgos: grupo de personas, propósito explícito, división del trabajo, pretensión de racionalidad y acción eficaz, regulación de competencias de cada integrante, jerarquía de funciones, planificación de acciones educativas, estrategias para la calidad de la enseñanza, ordenamiento de las relaciones interpersonales, democratización del acceso, etc., es decir, existe una división funcional de tareas entre el equipo directivo que se define en cargos o cargos.

Algunos de estos rasgos son responsabilidad del actuar del coordinador pedagógico, y es de este profesional o de esta persona que ejerce esta función/cargo que queremos enfatizar en este texto, ya que percibimos y comprendemos una preocupación/inquietud con la calidad de enseñanza de los tiempos actuales.

La planificación curricular es una tarea permanente que se realiza en la escuela para lograr la autonomía y la calidad de la enseñanza dentro de la institución. De esta planificación surge, en niveles específicos, la planificación de la enseñanza con actividades didácticas sistematizadas y metódicas concebidas por el docente junto con sus alumnos para lograr objetivos definidos. Con base en este supuesto, se entiende que el coordinador pedagógico permea el campo educativo, caracterizándose como una labor de asesoría al docente, en lo que se refiere a la planificación, seguimiento, control, evaluación y actualización del desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje, beneficiando los equipos docente y estudiantil.

Según Carneiro (2002), se puede decir que la función principal del coordinador pedagógico es irradiar energía estimulante para mantener un clima participativo, ayudando y promoviendo la coordinación de actividades en el proceso pedagógico y su actualización, a través del estudio y la prácticas de la comunidad insertas en el ámbito escolar.

DESARROLLO

En este trabajo, pretendemos analizar la cuestión relacionada con el estudio del curso “formar a través de la escuela” en el contexto del desarrollo de las políticas públicas educativas actuales. Para identificar con precisión el objetivo de este estudio, la inquietud se basó en los documentos que se pusieron a disposición para estudios y análisis sobre el rol participativo del ciudadano en los programas y acciones del FNDE de manera clara, objetiva y eficiente, permitiendo así cambios que sucedan.

Con base en estos análisis, me surgió la siguiente inquietud en relación a la Coordinación Pedagógica de las escuelas públicas: cómo realizar el trabajo del coordinador pedagógico en las escuelas municipales de la ciudad de Porto Seguro para salir adelante a pesar de los estancamientos y la inestabilidad de cargo y/u ocupación?

En Brasil, en la década de 1920, surgió el rol de Coordinador Pedagógico. Esta función surgió con la propuesta de equilibrar, jerarquizar propuestas y competencias pedagógicas. La persona del coordinador pedagógico presenta un proceso técnico que pretende alcanzar la calidad de la enseñanza a través del dominio de los fundamentos de la política educativa y el currículo. Tiene una función muy importante para una mejor calidad educativa, promoviendo el conocimiento y estimulando el desempeño profesional de los docentes, subsidiándolos con apoyo técnico y material, acompañando de cerca el desarrollo de los estudiantes, verificando la evaluación que se realiza en el ambiente de enseñanza en el que se inserta.

En el escenario actual, el ex supervisor, hoy llamado coordinador pedagógico, se caracteriza como ese profesional articulador del proceso educativo, un educador que, comprometido con el Proyecto Político Pedagógico (PPP) de la Escuela, colabora para garantizar una educación de calidad para estudiantes de los estratos populares. A pesar de toda la trascendencia de sus funciones y acciones, es claro que su posición es tan inestable a los ojos del sistema educativo que termina contribuyendo al declive de los aprendizajes en las instituciones educativas.

Analizaremos la regulación del ejercicio de la profesión de Coordinador Pedagógico en la Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional y en otras leyes pertinentes al presente caso de estudio.

Según el arte. 22 de la Ley nº 11.494/2007, son considerados profesionales de la enseñanza:

Aqueles que exercem atividades de docência e os que oferecem suporte pedagógico direto ao exercício da docência, incluídas as de direção ou administração escolar, planejamento, inspeção, supervisão, orientação educacional e coordenação pedagógica. Para que possam ser remunerados com recursos do Fundeb esses profissionais deverão atuar na educação básica pública, no respectivo âmbito de atuação prioritária dos Estados e Municípios, conforme estabelecido nos §§ 2º e 3º do Art. 211, da Constituição. (BRASIL, 2007).

Es importante resaltar que la cobertura de estos gastos puede ocurrir, tanto en relación a los profesionales que hacen parte del Régimen Jurídico Único del Estado o Municipio, así como los regidos por la Consolidación de las Leyes del Trabajo – CLT, además de los que estén, formal y legalmente, contratados con carácter temporal, de conformidad con la legislación vigente.

El grupo de profesionales de la enseñanza incluye a todos los profesionales de la educación básica pública, sin distinción entre docentes de jóvenes y adultos, de educación especial, de educación indígena o quilombola y de educación regular. Todo profesional de la enseñanza que se encuentre en ejercicio efectivo de la educación básica pública podrá ser remunerado con recursos de la porción del 60% del Fundeb, observándose las respectivas áreas de actuación prioritaria de los Estados y Municipios, conforme lo establecido en los §§ 2 y 3 del art. 211 de la Constitución.

Aunado a lo anterior, la Resolución N° 01/2008 del Consejo Nacional de Educación considera que, de los profesionales que brinden apoyo pedagógico directo a la actividad docente, sólo aquellos con título de Licenciado en Pedagogía, o posgraduados y profesores designados en los términos de la legislación y normas del respectivo sistema educativo.

El Sistema Educativo de la ciudad de Porto Seguro está compuesto por 107 escuelas públicas, de las cuales 118 (ciento dieciocho) coordinadores tienen coordinación activa en la red educativa, esto se debe a que las escuelas grandes necesitan tener más de un coordinador. En el municipio solo veintidós (22) coordinadores ejercen función efectiva, los demás coordinadores que se encuentran laborando en las escuelas fueron enviados de acuerdo a algunos criterios organizacionales del departamento pedagógico de la Secretaría de Educación, generalmente por indicación del director de la escuela, indicación del sector pedagógico, desviación de funciones comprobada por informe médico, etc.

Lo que se cuestiona es que cuando se presenta una situación de problema pedagógico dentro del ámbito escolar, principalmente en relación a la reubicación o ausencia/falta del docente en el aula, la primera función que se piensa desarticular es la del coordinador pedagógico, no evalúa el desarrollo del trabajo ya realizado por los docentes y alumnos de la escuela, utilizando la insignificancia de este profesional, ya que el municipio no ha articulado una licitación pública para esta función escolar desde hace varios años y, por ello, la vasta la mayoría de los actuales coordinadores no ocupan un cargo efectivo, son nombrados, reasignados y, en ocasiones, nombrados.

Otro tema tiene que ver con la relación entre el director y el coordinador en el ámbito escolar, pues si bien tienen funciones diferentes, ambos son responsables de velar por el buen desarrollo de las actividades escolares fomentando las condiciones necesarias para un aprendizaje de calidad en la planificación y seguimiento de la rutina escolar.

Cuando surge un impasse entre este dúo directivo, por desgracia, la mayoría de las veces sólo se entiende al directivo, y en función de sus peticiones, que muchas veces son de carácter personal y no profesional, son atendidas estrictamente, dejando siempre en un segundo plano las acciones pedagógicas, y siempre es el estudiante el que está perdido.

Este profesional muchas veces es reasignado de sus funciones por una organización en red, generalmente promovida por los departamentos de educación, y luego envía personas a las escuelas para continuar con un trabajo que no se completó debido a alguna negligencia de gestión, lo que dificulta el buen desempeño pedagógico resultado del año escolar.

La educación es entendida como una práctica transformadora y democrática que busca la excelencia y apunta a procedimientos didácticos y metodológicos centrados en los intereses, necesidades y características de los integrantes de su proceso, siendo el estudiante el principal agente de este proceso, el cual realiza determinadas acciones /actitudes inviables de algunos gestores/administradores en el proceso educativo.

Es importante señalar que según los Parámetros del Plan de Estudios Nacional (PCN)[2] (1998), la escuela tiene la función de potenciar el desarrollo de todas las capacidades, con el fin de hacer una enseñanza más humana, más ética, más capaz. Así, el sistema debe crear condiciones que sean capaces de incorporar el desarrollo de acciones, que lleven a quienes tienen derecho a reconocer la realidad y generar cambios en esta visión para lograr los objetivos esperados.

CONSIDERACIONES FINALES

La Ley Mayor establece normas generales relativas a la realización de concursos públicos en el ámbito de la administración directa e indirecta. Con fundamento en la Ley Ordinaria N° 13.809 del 4 de diciembre de 2017, art. 2° se entiende que el municipio de Porto Seguro necesita enfatizar esta ley, obedeciendo a sus criterios.

Las Secretarías Municipales de Educación necesitan ver en los Coordinadores Pedagógicos un importante punto de apoyo en la gestión de la institución educativa, otorgándoles autonomía en sus funciones para cumplir con lo que los estudiosos/investigadores del tema explican sobre un profesional que trabaja haciendo uso de tal autonomía.

Dentro de la perspectiva defendida por los autores/investigadores, podemos señalar que a medida que el rol del Coordinador Pedagógico se torna cada vez más inestable, es decir, susceptible de volcarse, caerse, volcarse, que no es constante, que cambia con frecuencia, etc. hace traer a la actualidad una imagen de definición negativa respecto a la calidad de la educación dentro de las instituciones de Educación Pública.

Esto nos lleva a reflexionar que la Coordinadora Pedagógica juega un papel importante en la transformación de los espacios educativos en un colaborador de excelencia en la formación de ciudadanos, además de todo lo que puede promover cambios significativos en la Calidad de la Educación Pública.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

BRASIL. Constituição da República Federativa do Brasil de 1988. Senado Federal: Brasília, 1998.

________. Fundo Nacional de Desenvolvimento da Educação (FNDE). Caderno de Estudos do Curso Competências Básicas. Fundo Nacional de Desenvolvimento da Educação. 4ª Ed., Atual, Brasília: FNDE, 2013.

________. Lei de Diretrizes e Bases da EDUCAÇÃO Nacional – LDBEN 9.394/96, de 20 de dezembro de 1996. Senado Federal: Brasília, 1996.

________. Lei nº 11.494/2007. Senado Federal: Brasília, 2007.

________. Lei Ordinária nº 13.809 de 04 de dezembro de 2017. Senado Federal: Brasília, 2017.

________. Parâmetros Curriculares Nacionais – PCN’s. Senado Federal: Brasília, 1998.

________. Resolução nº 01/2008 do Conselho Nacional de Educação. Senado Federal: Brasília, 2008.

CARNEIRO, Moacir Alves. LDB fácil: leitura crítica compreensiva artigo a artigo.7.ed Petrópolis. RJ: Vozes.2002.

KANT IMMANUEL (1724-1804). E a critica da razão pura.  4ª ed. Prefácio à tradução portuguesa, introdução e notas: Alexandre Fradique MOURUJÃO. Tradução: Manuela Pinto dos SANTOS e Alexandre Fradique MOURUJÃO. Lisboa: Fundação Calouste Gulbenkian, 1997, p. 30.

MOREIRA e RIZZOTTI (2009, p.15), PROGESTÃO: Como gerenciar os recursos financeiros? Ana Maria Albuquerque Moreira, José Roberto Rizzotti; coordenação geral Aglaê de Medeiros Machado. – Brasília.

PLOCCO, V.M.N.S. O Coordenador Pedagógico e o Cotidiano da Escola. 4ª Ed. São Paulo: Edições Loyola, 2006.

SAMPAIO. Aline de Oliveira. Caderno de Estudos da Especialização, Pós-Graduação. Coordenação Pedagógica. A.V.M. Instituto, Brasília – DF, 2011.

APÉNDICE – NOTA AL PIE

2. Parâmetros Curriculares Nacionais (PCN).

[1] Maestría en Organización y Gestión de Centros Educativos – Universidade Ibero-americana, Posgrado en Gestión Escolar y Coordinación Pedagógica – W-post. Postgrado en Geografía y medio ambiente. Licenciada en Pedagogía – ULBRA.

[2] Graduada en Pedagogía por la Unesulbahia Faculdades Integradas do extremo Sul da Bahia y Graduada en Ciencias Sociales por la Universidade Estadual de Santa Cruz – UESC, Postgraduada en Políticas Públicas por la Faculdade Nossa Senhora de Lourdes – FNSL, Postgraduada en Gestión Escolar por la Universidade Castelo Branco, Maestría en Ciencias de la Educación por la Lusófona y Graduada en BI Humanidades con Acceso al Curso de Derecho por la Universidade Federal do Sul da Bahia – UFSB.

Recibido: Agosto de 2018.

Aprobado: Agosto de 2019.

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