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Premio colaboración: límites y posibilidades

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CONTEÚDO

GARÇÃO, João Vasconcelos [1]

GARÇÃO, João Vasconcelos – Premio colaboración: límites y posibilidades.  Revista científica multidisciplinaria base de conocimiento. Año 1. Vol. 8. págs. 210-227. De septiembre de 2016. ISSN. 2448-0959

RESUMEN

La colaboración de la ganadora del premio, también conocido como chivato o señal efectiva, es un Instituto del penal y los derechos procesal penal, en el que autor del crimen que colabora con la justicia, con la investigación y denuncia a los asociados tienen derecho a recibir algunos beneficios.  La colaboración de premiado es un medio de obtener evidencia de la rendición de cuentas de la parte superior de la jerarquía de la organización criminal. En este estudio, puede analizar su aptitud hacia la necesidad de buscar medios eficaces de prueba con respecto a esta organización criminal, desactive con mayor precisión la autoría y la materialidad del delito y, en particular sobre el papel de la Fiscalía como titular de la acción penal en sus acuerdos. Este artículo tiene como objetivo hablar sobre las posibilidades y límites de la colaboración de la ganadora del premio, tratando de entender los preceptos legales y los problemas de este tema.

Palabras clave: prueba, el papel de la Fiscalía y de la materialidad y autoría del crimen.

1. INTRODUCCIÓN

La nueva ley de las innovaciones de la organización criminal trajo en comparación con el contexto legal, detalle los conceptos de la investigación instrumentos y procedimientos. En 2013, la nueva Ley entró en efecto de organizaciones criminales (ley: 12.850/13), que aborda la colaboración premiada con más detalles. Por lo tanto surge la pregunta si la nueva ley era suficiente para agotar todas las preguntas sobre el tema, la definición, requisitos, beneficios, la competencia y el procedimiento de la colaboración de la ganadora del premio.

En la actualidad, las instituciones del sistema de Justicia de Brasil buscan varias formas de minimizar el impacto negativo que causan crimen en sus ciudadanos del compañero para hacer tolerables niveles de desviación funcional de sus funcionarios públicos, especialmente aquellos de mayor rango.

Este trabajo académico tiene por objeto el estudio del derecho. 12.850-13, que se ocupa de las organizaciones criminales en Brasil, medio de obtención de pruebas, delitos y procedimiento criminal relacionados con la nota en este contexto, así como observar comentarios actuales encontrados en la doctrina, como la reciente sanción de la ley (02.08.2013) y la promoción de conexiones lógicas entre los distintos artículos, como pertenecientes a la legislación anterior y otras leyes. Desde el enfoque sistemático de los elementos de la Ley Nº 12.850/13 señaló que esto trajo a los conceptos jurídicos, límites y precisiones sobre las posibilidades de acción del gobierno en la lucha contra el crimen organizado en el país.

Este estudio sobre el derecho. 12.850-13, que trata con organizaciones criminales en Brasil, pretende construir un análisis sistemático, teniendo en cuenta que su sanción se implica directamente en conceptual carácter noticias más prácticos orientados a la acción de los poderes del estado en defensa de la seguridad pública.

Tomando nota de las críticas recientes encontrados en las doctrina y la promoción de conexiones lógicas entre los distintos artículos, como pertenecientes a la legislación anterior, se observó que el nuevo texto legal es de suma importancia para la investigación y de procedimiento también acción, donde realiza el trabajo de agentes de policía y fiscal.

En primer lugar, será un breve contexto jurídico de la legislación nacional que tenía este tema como su foco principal. Entonces, basado en los comentarios, como se estructura la nueva ley de organizaciones criminales.

Con el contenido de este trabajo de búsqueda, permite el análisis crítico de la legislación reciente y así ver que rutas que pueden se encuentre apretados por el trabajo de agentes del estado para la seguridad pública.

El alcance de este estudio es analizar y contextualizar algunos de los dispositivos encontrados en la colaboración de la ganadora del Premio Instituto, en particular en la actual Ley Federal nº 12.850/2013, que se ocupa de las organizaciones criminales. En particular, el Instituto de colaboración galardonado, anteriormente llamado soplón y su papel en el proceso penal. La colaboración de la ganadora del premio se ha utilizado a gran escala hoy en día, como un medio de descubrimiento de nueva evidencia, la comprensión del modus operandi de las organizaciones criminales y la criminalidad de nuevos elementos, especialmente los jefes de la estructura de la organización.

El artículo de strand, basada en regla de legales vigentes de ley, en particular, en ley Federal 12.850-13, viceversa, específicamente, a pesar de la colaboración de la ganadora del premio y sus desarrollos: evidencia, el papel de la Fiscalía y de la materialidad y autoría del crimen.

2. Análisis de la colaboración del ganador del premio la ley: 12.850/13

El juez, a petición de las partes y cumple con los requisitos legales, puede conceder perdón legal, sentencia reducida o reemplazo por pena restrictiva de derechos si el empleado acusado contribuir de forma eficaz y voluntariamente con la investigación y el enjuiciamiento penal (arte. 4 de la ley de la organización criminal).

Este dispositivo es la misma horquilla de ley no. 9.807/99 (Ley de protección de víctimas, testigos y colaboradores acusados) en cuanto a requisitos para el otorgamiento de la prestación, teniendo en cuenta, en cualquier caso, la personalidad del empleado, la naturaleza, circunstancias, gravedad y el impacto social de la denuncia penal y la eficacia de la cooperación. Además, los derechos del desarrollador también se configuraron como esta ley.

Como resultado de la eficacia de la colaboración prevé que uno o más de los enumerados en los artículos de arte. En cuarto lugar, son: la identificación de los otros autores y participantes de la organización criminal y delitos cometidos por ellos; la revelación de la estructura jerárquica y división de las tareas de la organización criminal; la prevención de delitos penales que surjan de las actividades de la organización criminal; la recuperación total o parcial del producto o la ventaja de infracciones penales cometidas por la organización criminal; la ubicación de cualquier víctima con su integridad física preservada. Estos son los requisitos para la colaboración se considera útil y eficaz desde el punto de vista de la investigación y el proceso.

Es de destacar que ninguna sentencia ejecutoria prestará exclusivamente sobre la base de declaraciones hechas por el acusado, según lo previsto en el arte. En cuarto lugar, el párrafo 16 de la ley.

Con respecto al derecho al silencio garantizado constitucionalmente tenemos el desarrollador declaraciones no constituyen renuncia a tal derecho, las declaraciones son requeridas y dadas acción voluntaria, hechos que la posibilidad de renuncia a la derecha, después de todo el desarrollador acusado asumió una forma de testimonio que su información.

3. EL PROCEDIMIENTO PROBATORIO

Cumple examina, preliminarmente, el concepto de evidencia, que puede definirse como un instrumento a través del cual el juez forma su convicción con respecto a la aparición o inocorrência de los hechos en cuestión en el proceso.

El procedimiento probatorio, a su vez, puede definirse como una actividad compuesta de un conjunto de actos coordinados y sucesivos, por el que el juez pretende reconstituir los hechos registrados en el proceso por las partes.

Según Guilherme de Souza Nucci-11 º edición – fl. 1.021, en verbis:

"Cuestiones probatoria consta de cinco períodos distintos:

 -Toma de pruebas que consiste en la búsqueda de pruebas;

 -Presentación de la prueba por que indica que el juez los medios de pruebas utilizados por las partes;

 -Admisión de la prueba consistente en la concesión o no, por el juez, las pruebas presentadas;

 -Producción de prueba que se configura como el medio por el cual se introduce el objeto de la prueba en el proceso;

 – Evaluación de las pruebas que el juez evalúa la evidencia. ”

 

 

3.1. VALORACIÓN DE PRUEBA EN PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA COLABORACIÓN DE AWARD-WINNING

Como puede verse, mediante el análisis de las declaraciones incriminatorias del corréu, cabe señalar que el acusado no pagó el compromiso de decir la verdad en su cuestionamiento y en situación de beneficiario, beneficiario puede ser procesal.

Conformidad con la aceptada, el juez deberá considerar los siguientes elementos para la valoración de esta evidencia: la verdad de la confesión, la ausencia de odio en cualquiera de las manifestaciones, la homogeneidad y coherencia de sus declaraciones, la falta de propósito para mitigar o incluso eliminar su responsabilidad penal y la confirmación de la colaboración de otras pruebas.

Debe considerar el juez, en la valoración de la declaración de la persona protegida, los siguientes supuestos:

-Si las instrucciones no engañar al testigo;

-En caso el testimonio de no engañar a la mente.

En relación con la percepción y la transmisión de la notificación, debe analizarse el desarrollo y la calidad de las facultades mentales de los testigos, el funcionamiento de los sentidos de los testigos, las condiciones en las que producción la percepción, bajo plan físico y psicológico, las características del objeto percibido, las percepciones de tiempo, distancia y volumen, además de las condiciones de la transmisión del aviso.

Con respecto a la sinceridad de la declaración, se debe señalar la presencia o no de los intereses que influyen consciente o inconsciente de la voluntad de la declarante, la existencia de informes dudosos y consideración individual de cada testigo.

La valoración del testimonio de la policía, a su vez, debe cumplir con dos elementos: la falta de interés en prevenir posible ilegalidad en sus esfuerzos y prueba de su estado de cuenta por otras pruebas, a menos que sea imposible hacerlo. Estos requisitos deben observarse debido a la posibilidad del miedo la influencia de la investigación la imparcialidad de las palabras de los oficiales involucrados.

Sostienen que, en los últimos años, en los procedimientos para la determinación de la delincuencia organizada, una marcada tendencia en cuanto a la valoración de indicios.

El primero de los requisitos para ser considerado por el juez es la existencia que de hecho indiciante. La segunda, se ocupa con la exclusión del azar, ya que existe la posibilidad de una falsa conexión entre la evidencia y el hecho de determinar, el juez debe fundamentar su persuasión. Sin embargo, uno tiene la posibilidad de manipulación del hecho. También debe prestar atención al análisis de la falta de pruebas. Finalmente, el juez debe considerar la existencia de nexo causal entre el hecho y la indicada, la pluralidad de indicios y la convergencia o acuerdo de estos.

4. EL ACUERDO CON EL FISCAL

Según la ley/12.850 13, arte. 4 º y los representantes de la fiscalía pública deben cumplir los siguientes requisitos para la presentación de los acuerdos:

1-disposición de la iniciativa de obligar a dev es la necesidad de los agentes del estado a respetar el libre albedrío de los investigados en relación con una posible señal en la fase de descubrimiento antes del juicio.

2-relevancia de las declaraciones de los investigados-deben mantener una relación de causalidad con los resultados positivos en la investigación criminal en curso.

3-cooperación con eficacia la necesidad acusada colaborar permanentemente con las autoridades, poniéndose totalmente a su disposición para la aclaración de los hechos investigados.

4-desarrollo personalidad, naturaleza, gravedad y repercusión social de la denuncia penal son compatibles con el Instituto.

Registrar que la propuesta para la aplicación de la colaboración de la ganadora del Premio debe ser reservada para un tema que desarrollar funciones similares a las desarrolladas hoy por los fiscales en el proceso penal.

4.1 – derecho al Convenio de colaboración galardonado

La competencia legal para llevar a cabo en nombre del estado en el Convenio de colaboración de la ganadora del premio es solamente el público Ministerio (MP), aunque sujeto a control judicial. Esto surge del hecho de que, según la Constitución, la competencia constitucional para promover (o) acción penal contra nadie. Esta jurisdicción está prevista en el artículo 129, párrafo I, de la Constitución, según el cual la función institucional del ministerio público es "promover, en privado, el ministerio público, conforme a la ley".

En consecuencia, sólo que puede presentar la acusación judicial contra alguien y solicitar la aplicación de la pena es que también puede pedir que se aplique la pena o no ser, en menor medida, debido al acuerdo de colaboración de la ganadora del premio.

La policía y otros órganos de investigación (como las comisiones parlamentarias de investigación (fotos) y cuerpos administrativos que proceso hechos posiblemente delictivos, como la receta, agencias ambientales, tribunales de cuentas, etc) no tienen autorización legal para resolver la snitch por las mismas razones arriba expuesta. Si la policía y estos cuerpos no tienen la tarea de promover un proceso judicial, no puede comprometerse a conceder ventajas para el desarrollador.

La única legitimidad del ministerio público para formalizar Convenio de colaboración otorgado tallos también por el simple hecho de que, si el acuerdo fue firmado con la rata por otra entidad pública y el MP no está de acuerdo con él, esto podría representar la Snitch sin tomar en cuenta las ventajas ofrece. Además, como la Fiscalía es el autor de la acción penal y las pruebas reunidas por la policía y otros órganos de investigación están destinadas principalmente a la MP, es él quien debe evaluar la utilidad de la información de la rata y la importancia de ellos para aclaración de los hechos.

Esto no significa que la policía y los órganos no tienen ningún papel importante en el panorama de la colaboración de la ganadora del premio. Por el contrario, en condiciones ideales, la policía y los fiscales deben trabajar juntos para reunir tanta evidencia como sea posible para el esclarecimiento de delitos. La policía puede localizar posible colaborador, ayudando a persuadirlo para que realice la señal (a través de la prueba de su participación en el delito) y, sobre todo, debe colaborar en el descubrimiento de otras pruebas para confirmar y asegurar la información proporcionada por el informante. De diferentes maneras, lo mismo se aplica a otros organismos públicos que pueden descubrir los crímenes. Todo el mundo debe actuar para defender la sociedad armónica, obediencia a las leyes.

Por lo tanto, la ley establece en el 2013/12.850 arte. 4, párrafo 6, que la negociación de la cooperación con la investigación y su abogado puede tener la participación de la policía y los fiscales.

La ley 12.850/2013 confirma esta comprensión, para proporcionar que la colaboración de la ganadora del premio será llevada a análisis del juez "a petición de las partes" (arte.. 4), y sólo el fiscal es parte en el proceso penal contra el acusado. Párrafo 2 de este artículo permite la policía propone la aplicación de los beneficios de la colaboración al juez, pero la propuesta (que la ley llama "representación") debe ser aprobada por los fiscales.

Cabe destacar, el papel de la MP en la colaboración de la ganadora del premio es indispensable y fructífero.

4.2. EL PAPEL DEL MINISTERIO PÚBLICO SERVICIO-MP EN LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN GALARDONADO

Premio colaboración, aquí está el tema. Aunque puede ser analizada bajo diferentes perspectivas, ahora la búsqueda de comprobar los límites de acción de la acusación y defensa en el contexto de la colaboración de la ganadora del premio con el fin de la lucha contra la organización criminal, preparado en la ley no. 12.850/2013.

El Instituto está previsto entre los artículos 4 y 7 de la ley. Es, en palabras de Ronaldo Batista pinto (2013, P. 25), "(…) posibilidad que tiene el delincuente para obtener perdón judicial o la reducción de la pena (o su reemplazo), desde que efectivamente y ser voluntario, ayudar en la obtención de los resultados establecidos en la ley ".

Aunque diversos aspectos de la Ley nº. 12.850/2013 puede ser objeto de críticas, es innegable su esfuerzo en llevar una cuenta más detallada cuando se trata el tema de la colaboración de la ganadora del Premio (en cuanto a forma y contenido), con la previsión de una sección dedicada al tema.

Tan innegable que soplón todo legal, la más completa y detallada es la ley de organizaciones criminales (párrafo. 12.850-13, arts. 4 a 6).

El legitimado para el Convenio de colaboración de la ganadora del Premio figuran en el artículo 4, apartado no. 6, de la ley. 12.850/2013.

El juez no participará en las negociaciones entre las partes para la formalización de Convenio de colaboración, que tendrá lugar entre el jefe de la policía, investigado y el defensor con la manifestación de la Fiscalía, o, según sea el caso, entre el fiscal y la investigación o acusado y su defensor.

Aún así, las normas citadas tienen sobre las posibilidades de señal y sus consecuencias importantes, pero poco o nada de función sobre la forma de negociación, sus participantes y los límites. Por lo tanto las dificultades tanto por la Fiscalía y la defensa cuando su actuación práctica en la negociación de acuerdos para la formalización de Convenio de colaboración otorgado.

En cuanto a la defensa, el primero en hacerse con respecto al interés propio en la celebración del acuerdo, explicando a los acusados. Una vez confirmado el interés mencionado, se entiende que su actuación en las negociaciones claves con el fiscal en cuanto a los términos del trato que de concluirse.

En este sentido, David Teixeira de Azevedo (1999, p. 7) enseña:

 "Cumple, pero el abogado para escoger el mejor medio y el más formidable ejercicio de defensa modos de cliente, teniendo cuidado de aplicar su formación, talento, inteligencia y conocimiento jurídico – más aún en el caso de la señal – que el acuerdo de colaboración es tan clara, estricta y limitada como sea posible y aprobado para atar a los firmantes y la autoridad judicial que la ratificación garantizar los beneficios legalmente, en su mejor y más extendida expresión."

La Fiscalía, por su parte, también debe analizar el interés en la conclusión del acuerdo, especialmente los resultados que pueden obtenerse para la persecución penal con la realización de la colaboración de la ganadora del premio. También debe restringir su uso a aquellos casos graves y, para no trivializar la aplicación del Instituto.

= Con la divulgación de los acuerdos celebrados en el marco de la denominada "operación lavado de autos", una de las disposiciones ha llamado suficiente atención, se refieren a la "renuncia" elevación material sobre competencia y nulidades. A modo de ejemplo, vamos a echar un vistazo a la debajo de cláusula del contrato ' operación lavado de coches "– fl. 09, en verbis:

"Cláusula 12-09 hoja-el galardonado colaboración de PAULO ROBERTO COSTA (lavado). La defensa renunciar todos impetrados habeas corpus dentro de 48 horas, dando ejercicio también de defensas procesales, incluyendo discusiones sobre la competencia y nulidades. ”

¿Se presenta, entonces la segunda pregunta, sería posible procesamiento y defensa chancelarem la "dimisión" de tales derechos? ¿Serían estas cuestiones dentro del ámbito de discreción del desarrollador?

Para responder a tal pregunta, la doctrina tiene sobre las nulidades, y es importante distinguir entre nulidad absoluta y relativa:

Como una regla de nulidad absoluta, la gravedad de los problemas anormales presentó durante el procedimiento conducente a la anulación de la ley, independientemente de cualquier reclamación de la parte interesada y puede ser reconocida por el juez de oficio o en cualquier grado de jurisdicción. Se alega por la parte, no requiere de demostración de perjuicio, son manifiestos o asumido, como algunos prefieren. Los ejemplos generalmente conducen a la violación de principios constitucionales, especialmente el derecho de defensa y el contradictorio. En esta línea, es nulo el proceso sin defensor; la ausencia de un argumento de cierre (o de los debates orales); Cuando se produce conflicto entre acusados diferentes tesis, pero con la misma fiscal; Análisis forense realizado por un sola etc experto no oficial. También entra en el campo de la nulidad absoluta la frase (y todos los actos) emitidos por un juez absolutamente incompetente.

Específicamente sobre las nulidades absolutas, Julius Fabbrini Mirabete (2008, p. 57). Explica: (…) Son características de la nulidad absoluta: un) alguna de las partes de mayo fue con la intención de ellos, independientemente de si o no interesan; b) juez debe declarar, independientemente de la provocación; c) son insanáveis; d) las partes no pueden tenerlos.

De esta manera, la única manera de hacer que esa cláusula es teoría procesal penal lejos de su aplicación con respecto a cuestiones de política pública que están fuera del alcance de la discreción del desarrollador.

De hecho, sorprendente que los fiscales, impuesto ley, buscan también la conclusión de la cláusula como visto anteriormente.

En ese sentido, es la ley el límite de la defensa y la Fiscalía, debe considerar la canal entera jamás construida por la doctrina. La no observancia de estos preceptos es inaceptable y no debe conducir a su aprobación por el juez de instrucción o invalidación posterior el acuerdo tan celebrado por el poder judicial.

5-la importancia de la colaboración en el esclarecimiento de la autoría y materialidad

La colaboración de la ganadora del Premio Instituto, actualmente establecida en el artículo 4, "caput" y la Ley Federal, 12.850 02 de agosto de 2013 es el resultado de una maduración innegable por el legislador, infra, por reconocer que el "perseguidor estado solo, es incapaz de desentrañar las circunstancias, materialidad o la autoría de algunos delitos, en particularlos relacionados con la delincuencia organizada.

Esto no es ahora, porque como la mejor doctrina, ya existido en la planificación de la patria, otros institutos, como el soplón, previeron en una serie de leyes especiales, que siempre se buscó mejorar la sanción que se asignará al personal de los miembros que voluntariamente el estado juez en la resolución de determinados conflictos.

Sin embargo, lo que vemos con la institución de la colaboración de la ganadora del premio, es realmente una calificación a la snitch. Esto es porque, como legal disposición, la colaboración de la ganadora del premio, dependiendo de la situación, incluso pueden extinguir la criminalidad de la rata mediante el perdón judicial, en virtud del artículo 107, IX, del Código Penal, que nunca antes contemplado por la doctrina y la jurisprudencia a la patria.

En este sentido, lo que este artículo trata de conseguir, es de hecho, llamar la atención a los otros colegas que trabajan en el campo penal, acerca de la importancia que debe dispensar a la colaboración de la ganadora del premio, no sólo por ser un derecho del investigado/sobre todo denunciado para exaltar la participación de abogado, dando debida y ganado valor, como una figura central en la realización del acuerdo antes de la implementación del ministerio público , así como a la autoridad de policía.

Se puede saber esa vieja idea de que el abogado debe a toda costa a negar los hechos o la participación a favor de su cliente, ser retrógrada. Ves, en un contexto actual de derecho preventivo y responsable, especialmente en el área Penal, el abogado, incluso en el caso de la obligación prevista en el artículo 6, III, de la ley 8.078/90 (código del consumidor), dando a su cliente, todas las herramientas y posibilidades ofrecidas por la ley, para su defensa efectiva, lo que significaría, milagrosa.

Así, cuando el legislador obliga, en todos los actos, la confirmación y aplicación de colaboración, participación y asistencia legal, como el arte. En cuarto lugar, en su párrafo 15 (quince), representa a nada más que un verdadero homenaje al arte. 133 de la Constitución de la República Federativa del Brasil, promulgada en 1988, que prevé la figura del abogado como esencial e indispensable para la administración de justicia.

Está en consonancia con lo que ya tenía la letra republicana, la nueva ley (12.850-13), que aborda la colaboración de la ganadora del premio, a diferencia de la vieja snitch, entiende claramente que la figura del abogado no sólo representa a los intereses del presunto infractor, pero principalmente reconoce la legalidad del acuerdo mismo, chancelando lo que al juez de los Estados, representa una excepción al deber/obligación de castigar.

Es nada menos, que en la actualidad asistimos, en diversos medios de comunicación, el desmantelamiento de organizaciones criminales, en virtud de la señal de un único miembro, que contribuye eficazmente a la tienda de tajada de "banda calificado", ya que, con la ayuda de su abogado, reconocida el beneficio concedido por la ley.

Así, la colaboración de premiado, podría servir en beneficio de la asistencia en diversas formas y extinción de su criminalidad, reducción de la pena privativa de libertad por hasta 2/3 (dos tercios), sustituyéndolo con restrictivas de derechos, suspender por hasta 6 (seis) meses el plazo para la licitación de la queja, o incluso dejar la Fiscalía a presentar su oferta, en total excepción al principio de las acciones penales públicas Gobierno obligatorio como expresa art. 4, "caput", §3, párrafo 4 y apartado 5, de la ley que define reglas y organización criminal en la investigación criminal.

Tenga en cuenta que, como la ley exige, antes de era el órgano de la aplicación de los fiscales privados, cuando se observa bajo el aspecto de verdadera "negociación", con el fin de otorgar algunos beneficios, entre ellos, su propia transacción criminal, previstas en el arte. 76 de la Ley 9.099/95, en la actualidad, pasando por el tamiz de la propia investigada, invirtiendo toda la "polaridad" de la relación jurídica.

Así como reconocer su derecho a beneficiarse, conceder a la rata, el tiempo y la forma de uso, incluyendo, si es así mejor entienden, entregan de manera fraccionada, información al titular de la Fiscalía o policía autoridad, según las propuestas, en virtud del arte. 4, § 2 y § 6 de la Ley 13/12.850, configura, en última instancia, verdaderos "escritorio comercial".

Por todo esto, uno no puede dejar de señalar que, aunque recibe de manera sucinta, acerca de la importancia de la figura del abogado con la edición de la Ley 13/12.850, recibido con nuevas herramientas que llevará a cambios inevitables las viejas concepciones de despacho de litigio penal, así como a ressaltarão el papel de pasar gestión asumir el abogado penal en particular la fase de descubrimiento antes del juicio ", que no es más que una excepción positiva el viejo proceso acusatorio adoptado por la sistemática pura y debe ser" aplaudido "por la clase de los abogados.

La colaboración de premiado es adoptada donde el procedimiento encuentra con dificultades no sólo en la etapa de investigación, debido a la complejidad de los crímenes, pero, sobre todo, porque a menudo se relaciona con la política, un hecho que refuerza la complejidad de la realización de investigaciones de la policía.

La ley establece que los denunciantes es necesario identificar los demás coautores de la organización criminal y, en consecuencia, los delitos cometieron por ellos y deben devolver el dinero malversado. En cambio, el investigado que colabora con la información pertinente puede recibir beneficios, como sentencia reducida o incluso un indulto.

Es importante destacar que el Instituto tratados en este artículo es de suma relevancia para la sociedad brasileña que está experimentando una serie de injusticias. Así, esta oficina no debe ser trivializada, porque es un instrumento eficaz para combatir los delitos graves.

Cabe señalar que el Instituto será válido solamente después de la aprobación de la declaración, y puesto que la rata puede añadir información relevante que las autoridades no poseyó. Según la acusación, esta cooperación aportará información al proceso, que las autoridades nunca tendrían acceso a o tal vez tomaría tiempo para recibir. Teniendo una peculiaridad más necesaria y muy importante para la sociedad y especialmente para evitar efectivamente la autoría y materialidad del delito.

El soplón impulsado las investigaciones. Denunciantes se han comprometido para hablar de todo lo que sabes sobre los crímenes que han participado y también a demostrar, además de la devolución de los fondos obtenidos ilegalmente.

El beneficio, recibirían una pena menor al final del proceso en la corte. Algunos se quedaron atrapados hasta colaborar y otros colaboraron con el chivato aunque en libertad. Segunda lectura del noticiero diario, revista y televisión, parece que los informantes principales era el ex Director de abastecimiento Paulo Roberto Costa, Petrobras, en el que describe la operación del esquema de corrupción y citó a políticos y empresarios involucrados con desviaciones. Respecto a los recursos que debían ser devueltos fueron aproximadamente $ 26,000,000 y real estate.

Otra rata es Nestor Cerveró, ex Director del área internacional de Petrobras y BR distribuidora, denuncia que pagó $ 6.000.000 al Presidente del Senado Renan Calheiros y el senador Jader Barbalho. También acusó al senador Delcídio Amaral, que habría sido con otros $ 2.000.000 y el banquero André Esteves, dueño del BTG.

Incluye también, Júlio Calderón, quien admitió haber pagado sobornos para mantener negocios con Petrobras, que indica las transferencias para el PT y el PMDB. Este fue el primero en acusar al alcalde, Eduardo Cunha, recibió $ 5.000.000.

Se trata de información derivadas de interpretaciones de las noticias a los periódicos, tanto leen como (televisión) y en particular de las lecturas de los tratos con el representante del ministerio público y de la corte decisiones ya dicten. Por lo tanto, deduce, irretorquivelmente, la oficina de colaboración de la ganadora del premio es muy importante en el esclarecimiento de la autoría y materialidad del delito.

PENSAMIENTOS 6-FINAL

Está claro y aún espera que la diversidad de opiniones sobre la estructura de las doctrinas de la ley, la legalidad e incluso de su constitucionalidad. La ausencia de jurisprudencia solidificado es otro elemento que dificulta un análisis de la práctica segura en relación con los efectos concretos de la ley. Sin embargo, es innegable el amplio uso de la legislación estudiada, en un esfuerzo para una mayor clarificación y comprensión de las estructuras de las organizaciones criminales que operan en el país. Ejemplo más de aplicación de la ley que se refiere es en el caso de "lavado de coches operación" llevada a cabo por el Tribunal Federal. En este sentido, la Fiscalía Federal y la Policía Federal, en varias ocasiones, hicieron uso de la colaboración de la ganadora del premio como un medio para alcanzar nuevos

hechos y pruebas.

Es necesario un análisis minucioso de la ley en cuestión, con el fin de corregir posibles fallos o huecos dejados por el legislador, teniendo en cuenta los principios constitucionales que rigen el proceso penal. De todos modos, la ley de organizaciones criminales ha sido una gran asistencia autoridades públicas en la lucha contra la delincuencia organizada, y su mejora es un objetivo importante en la lucha contra el crimen.

se promulgó Ley 12.850/2013 con la finalidad de iniciar la lucha contra las organizaciones criminales que operan en Brasil. En el cuerpo de su texto se encuentra la definición de organización criminal, además de los medios de investigación criminal relativas a esos delitos, procedimientos a realizar y los medios de tomar evidencia. Este último tema es la colaboración de galardonado, llamada snitch por ley 9.034/1995, que fue derogada por la que es objeto de esta obra.

La colaboración de la ganadora del premio ha sido un medio de obtención de pruebas en algunas de las acciones criminales más grandes y más relevantes en el proceso en el país. Sin embargo, hay todavía gran divergencia doctrinal y jurisprudencial sobre la correcta aplicación de la ley en el proceso. Este estudio trata de responder a esta necesidad, hablar de la doctrina y extracción de los puntos de acuerdo y contención entre los autores que hasta ahora con poros en el estudio de esta legislación. Más específicamente, los párrafos fueron disecados sexto a décimo artículo del cuarto de la ley, que cuenta con la colaboración de la ganadora del premio.

El acercamiento al tema, galardonado con el Premio de colaboración, actual y relevante, teniendo en cuenta que antes de que el aumento de la delincuencia organizada es destacó la importancia y urgencia para el estudio y la investigación en una reunión esencial evidencia de crímenes cometidos por organizaciones de gran alcance.

Destacar también que en este tema, galardonado con el Premio de colaboración, es factible, sí, rotundamente, contribuye al sistema de justicia penal de la respuesta rápida y eficaz en casos de delitos complejos cometidos por organizaciones criminales, que a menudo sólo con la colaboración de corréus y participar es posible avanzar en el esclarecimiento de ciertos crímenes.

Es muy importante analizar la contribución que las autoridades competentes están llegando a través de la colaboración de la ganadora del premio, en particular, como evidencia y en busca de la verdad. Un Instituto que fue iniciado por Filipinas y ordenanzas que vinieron en los medios de comunicación actuales, ganando espacio.

Fue a través del "operación lavado de coches", ya que se refiere a como el mayor caso de corrupción que Brasil enfrentó, sospechosa de personas de impresión importante e involucrado en lavado de dinero, fraude en licitaciones y sobreprecio. Los investigados decidieron colaborar con la ley, es la posibilidad de recibir una sentencia más indulgente o por temor a ser detenido en forma preventiva por un tiempo. Según el juez Federal Sergio Live, responsable de procesos derivados de la operación, las colaboraciones de galardonados son la mejor manera de resolver financieros y delitos de negocios.

En palabras de un maestro: Ronaldo Batista Pinto "galardonado con el Premio de colaboración eficaces de evidencia y lucha contra el crimen arma. "Quinta edición-fl. 18.

7-BIBLIOGRAFÍA

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Ley 9.034, de 3 de mayo de 1995.

Ley n ° 9.080, 19 de julio de 1995.

Ley n ° 9.269, de 02 de abril de 1996.

Ley nº 9.613, de 03 de marzo de 1998.

Ley n ° 9.807, de 13 de julio de 1999.

Ley n ° 10.149, de 21 de diciembre de 2000.

Ley n ° 11.343, del 23 de agosto de 2006.

Ley n ° 12.529, de 30 de noviembre de 2011.

Ley no. 12.683, de 09 de julio de 2012.

Ley Nº 12.850, de 02 de agosto de 2013.

OLIVEIRA, Eugenio Pacelli. Curso de procedimientos penales. 18. Rev Ed.. y ampl. Corriente. Según la ley n ° 12.830, 12.850 y 12.878, todos del año 2013.

[1] Abogado, postgrado en derecho penal y procesal penal en Universidade Tiradentes. Contacto: [email protected]

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