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Derecho internacional humanitario

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CONTEÚDO

NOVO, Benigno Núñez [1]

NOVO, Benigno Núñez. El derecho internacional humanitario. Revista científica multidisciplinaria base de conocimiento. año 03, Ed. 06, vol. 01, págs. 145-157, junio de 2018. ISSN:2448-0959

Resumen

Este artículo pretende discutir los retos del derecho internacional humanitario que deben ser abordados por la comunidad internacional en áreas tales como terrorismo, detenciones, conducción de las hostilidades, la ocupación y las sanciones. La necesidad de la promoción de la paz, la moderación y la humanización durante los conflictos armados. Aumentar la eficacia y el respeto del derecho internacional humanitario, por ejemplo, elevar las fuerzas armadas, así como todas las personas. Castigar siempre que exista necesidad de que todos los que no cumplan con las normas de mantenimiento de la paz, en particular violaciones de los convenios de Ginebra y sus protocolos adicionales.

Palabras clave: Retos, paz, derecho internacional humanitario.

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1. Introducción

 Derecho internacional humanitario o derecho internacional de los conflictos armados (DCA) es un conjunto de leyes que protegen a las personas en tiempos de conflicto armado. Consiste en las leyes de los convenios de Ginebra y la Convención de la haya. Sus leyes refieren a los países en conflicto, los países neutrales, a los individuos involucrados en los conflictos, la relación entre ellos y la protección de los civiles.

Derecho internacional humanitario es parte del derecho internacional que rigen las relaciones entre los Estados y que consiste en acuerdos celebrados entre Estados, generalmente referidos a tratados o convenios, así como el General principios y costumbres que los Estados aceptan como obligaciones jurídicas.

Los orígenes del derecho internacional humanitario pueden encontrarse en los códigos y normas de las religiones y culturas del mundo. El desarrollo moderno del derecho comenzó en 1860; Desde entonces, los Estados han acordado una serie de normas prácticas, basado en la dura experiencia de la guerra moderna, que refleja un delicado equilibrio entre las preocupaciones humanitarias y las necesidades militares de los Estados. Con el crecimiento de la comunidad internacional, también ha aumentado el número de Estados del mundo que han contribuido al desarrollo del derecho internacional humanitario, que hoy puede ser considerado como un verdadero sistema de derecho universal[2].

Una parte considerable del derecho internacional humanitario se encuentra en los cuatro convenios de Ginebra de 1949. Casi todos los países del mundo han aceptado los convenios vinculantes, que se han desarrollado y complementado por dos establecimientos más, los protocolos adicionales de 1977.

Existen varios acuerdos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares, incluyendo las convenciones de la haya de 1907, la Convención de armas bacteriológicas (biológicas) de 1972, la Convención de armas convencionales de 1980 y la Convención de armas químicas 1993. 1954 de que Convención de Hague protege el patrimonio cultural en tiempo conflicto armado.

Hoy en día, muchas de las normas del derecho internacional humanitario son aceptados como derecho consuetudinario, es decir, como normas generales que se aplican a todos los Estados.

2. Desarrollo

Derecho internacional humanitario cubre dos áreas: 1-la protección de las personas que no participan en ni no participan en las hostilidades; 2-el conjunto de restricciones de los medios de comunicación (especialmente armas) y los métodos de combate como táctica militar.

Derecho internacional humanitario protege a las personas que no participan en el combate, como los que han sido heridos o náufragos, enfermos o que fueron hechos prisioneros de guerra[3].

Las personas protegidas no deberán ser atacadas; no debe infligir malos tratos físicos o degradantes; los heridos y enfermos serán recogidos y procesados. Existen normas específicas que se aplican a los individuos que fueron capturados o que fueron detenidos; Estas normas incluyen el suministro de una alimentación adecuada, vivienda, así como garantías jurídicas adecuadas.

Ciertos lugares y objetos, como hospitales y ambulancias están también protegidos y no deben ser atacados. Derecho internacional humanitario establece una serie de emblemas y signos fácilmente reconocibles, como la Cruz Roja y la media luna roja. Pueden ser utilizados para identificar personas y lugares protegidos.

Derecho internacional humanitario prohíbe todos los medios y métodos de combate que: 1) no discriminan entre personas que participan en las hostilidades y las personas que, como civiles, no participan en ellos; 2) causar daños innecesarios o sufrimientos innecesarios; 3) causa daños graves o duraderos.

Derecho internacional humanitario que prohíbe el uso de muchas armas, incluidas las balas explosivas, armas químicas y biológicas, así como armas láser cegadoras.

Derecho internacional humanitario sólo se aplica a los conflictos armados. No cubre los desórdenes internos como actos aislados de violencia, o regula si un estado puede o no puede usar la fuerza. Este aspecto está regido por una parte importante, pero distinto, derecho internacional, consagrados en la carta de las Naciones Unidas. Derecho internacional puede ser aplicado sólo después del comienzo de un conflicto y se aplica uniformemente a todas las partes, independientemente de quién comenzó las hostilidade[4]s.

Derecho internacional humanitario distingue entre conflictos armados internacionales y conflictos armados internos. Los conflictos armados internacionales son aquellos en los que participan al menos dos Estados; están sujetos a una amplia gama de estándares, incluyendo a los cuatro convenios de Ginebra y el primer Protocolo adicional. Sin embargo, de la misma manera como en los conflictos armados internacionales, en un conflicto armado interno todas las partes deben actuar de acuerdo con el derecho internacional humanitario.

Es importante distinguir entre el derecho internacional humanitario y derecho internacional de los derechos humanos. Aunque algunas de sus normas son idénticos, estos dos cuerpos de ley han desarrollado por separado y figuran en tratados diferentes. En particular, contrariamente a lo que sucede en el derecho internacional humanitario, derecho internacional de los derechos humanos se aplica en tiempos de paz y muchas de sus disposiciones pueden ser suspendidas durante un conflicto armado.

Por desgracia, son numerosos los ejemplos de violaciones del derecho internacional humanitario en los conflictos en diversas partes del mundo. Los civiles están en incremento entre las víctimas de las hostilidades. Sin embargo, hay casos en que, gracias al derecho internacional humanitario, era posible una protección de las personas civiles, presos, enfermos y heridos, así como restricciones en el uso de las armas bárbaras. Dadas las circunstancias del trauma extremo inherente en la aplicación del derecho internacional humanitario, ella estará siempre con gran dificultad. Una aplicación efectiva sigue siendo muy urgente.

Algunas medidas se han desarrollado para promover el respeto del derecho internacional humanitario. Los Estados tienen la obligación de educar a sus fuerzas armadas, así como el público en general, sobre las reglas del derecho internacional humanitario.

Debe prevenir y sancionar, cuando sea necesario, todas las violaciones del derecho internacional humanitario. En particular, deben promulgar leyes para castigar a las más graves violaciones de los convenios de Ginebra y protocolos adicionales se consideran crímenes de guerra. También se han tomado medidas a nivel internacional: tribunales se crearon para castigar los actos cometidos en los dos últimos conflictos y están estudiando la posibilidad de crear un tribunal internacional permanente con jurisdicción para castigar crímenes de guerra.

Es a través de los gobiernos y las organizaciones, ya sea como individuos, todos podemos contribuir de manera significativa a la aplicación del derecho internacional humanitario.

Por supuesto, uno de los principales grupos que literalmente llevan la bandera de los derechos humanitarios alrededor del mundo es la Cruz Roja. La Asociación fuera fundada en 1863 tenía sede Ginebra, en Suiza. Sus miembros fundadores fueron cinco grandes familias que se unieron en una conferencia de propuestas para ayudar a los soldados que, dados los recientes acontecimientos con la batalla de Solferino, donde decenas de miles han muerto y muchos otros resultaron heridos debido a nuevas tecnologías de la artillería, que necesitaban algún tipo de apoyo. Los resultados de esta primera reunión proporcionan reglas que hoy en día somos casi intuitivas, incluyendo la protección de los civiles:

Cualquier persona que no está en combate o de alguna manera participan directamente en las hostilidades, necesitan ser protegidos.

Los enfermos y heridos deben recibir cuidado apropiado independientemente el lado conflictivo que tiene en posesión.

Los presos deben estar protegidos frente a actos de represalia y violencia, como tortura y humillaciones que afectan su dignidad como ser humano.

Esta organización es el más antiguo de los movimientos de las sociedades nacionales, además de la de más prestigio. Es una de las organizaciones más reconocidas en el mundo y ganó tres premios Nobel en 1917, 1944 y 1963. Podemos ver el resultado de su esfuerzo y trabajo en muchos países. Actualmente los principales centros operativos del grupo se encuentra en Afganistán, Irak, Nigeria, Sudán del sur, Siria, Ucrania y Yemen, pero no a estos. Es importante tener en cuenta su participación activa en la ayuda y la gestión de la colosal cantidad de personas sin hogar y desplazadas de sus áreas anteriores debido a los recientes conflictos en Siria. Ya unos 6,5 millones de personas según la organización, además a las más de 3 millones personas que buscan ayuda en los campamentos de refugiados en países vecinos, como Libia, Turquía, Jordania e Iraq.

Por último, dada la presencia del derecho humanitario, una de las reglas que se han convertido en un elemento de discusión importante en las últimas décadas, particularmente durante el período de la guerra fría (1945-1991), fuera el que determina las partes pertenecientes a un conflicto tienen límites en cuanto a los medios que pueden utilizarse en cuanto a material de guerra. En este sentido, sus propias declaraciones de guerra que deba realizarse de alguna manera y necesitan ir a través de ciertos criterios a ser considerados legítimos.

Está claro que este tipo de intervención tiene un coro de críticos que se extendió considerablemente. Primero debemos tener en cuenta lo que un país ofrece para satisfacer las demandas citadas, no sólo su capital, para ver el ejemplo de los soldados enemigos heridos, o incluso para organizar refugios provisionales y campamentos de refugiados, pero Sí se compromete a su propia soberanía nacional. Desde el momento cuando un país firma un Tratado de cometer para limitar sus acciones en el campo de batalla, incluso si este país tuviera total capacidades para crear y producir armas que están prohibidas por los tratados internacionales, está dando parte de su derecho de buscar a toda costa para preservar su integridad, así su soberanía sobre su propio territorio.

Por desgracia, son numerosos los ejemplos de violaciones del derecho internacional humanitario en diversos conflictos alrededor del mundo. La población civil es cada vez más, como las víctimas de las hostilidades. Sin embargo, es importante mencionar la existencia de casos en que, gracias al derecho internacional humanitario, era posible una protección de las personas civiles, presos, enfermos y heridos, así como restricciones en el uso de armas perjudiciales. Dadas las circunstancias del trauma extremo inherente en la aplicación del derecho humanitario, será siempre con gran dificultad. Por lo tanto, es crucial para la efectiva aplicación del derecho humanitario y sigue el mismo deseo de alcanzar sus metas. Debe prevenir y sancionar, cuando sea necesario, todas las violaciones del derecho internacional humanitario, especialmente la promulgación de leyes que sirven para castigar las violaciones más graves de los convenios de Ginebra y protocolos adicionales (tales como los crímenes de guerra). Nivel actual, la creación de tribunales para castigar los actos comprometidos en conflictos recientes además de debates sobre la posibilidad de establecer un tribunal internacional permanente con poderes más eficaz castigo para crímenes de guerra.

El día 03 de octubre de 2015, un ataque aéreo de Estados Unidos golpeó un hospital de médicos sin fronteras (MSF) en la ciudad de Kunduz en Afganistán y sobre de 40 muertes, incluyendo pacientes y médicos. La ciudad es escenario de conflictos entre los talibanes y el gobierno afgano respaldado por Estados Unidos. Recientemente, el 29 de abril, el general Joseph Votel, el mando Central de las fuerzas armadas de los Estados Unidos, declaró que el ataque liderado por el país fue un incidente, pero no un crimen de guerra, puesto que no había ninguna intención de atacar el hospital y causando muertes. Según la versión del gobierno americano, una combinación de fallos técnicos y humanos causados el hospital fue confundida con un edificio controlado por los talibanes.

Los militares estadounidenses implicados en castigos administrativos, tal como tuvo lugar recibida suspensión y retiro del mando y las letras de desaprobación, sin embargo no ha recibido cargos criminales, ya que consideraban que no sabían que estaban ataque a un centro médico. Además, el Pentágono anunció que compensará a las víctimas de los ataques y sus familias.

Mientras que la versión de Estados Unidos argumentan que no había ninguna intención en actos, la cabeza de los derechos humanos de las Naciones Unidas (ONU), Zeid Ra'ad al-Hussein, había clasificado el ataque como un trágica, inexcusable y posiblemente criminal.

La situación no se limita sólo a Afganistán. El día 26 de octubre de 2015, un hospital MSF fue atacado en Yemen por la coalición encabezada por Arabia Saudita. Entre 7 y 10 de agosto de 2015, nueve hospitales han sufrido ataques en Siria y el 28 de abril en un hospital fue alcanzado en el país. El gobierno sirio y Rusia fueron señalados como autores de los ataques – que negaban. Independientemente de las pruebas que pueden producirse para castigar esos actos, todos estos casos apuntan a los frecuentes ataques contra civiles en los conflictos.

Los convenios establecidos no siempre logran cubrir toda la complejidad de los conflictos armados. Las normas del derecho internacional humanitario fueron acordadas entre los Estados, por lo que el estado estableció un compromiso formal de respetar la legislación que determina los crímenes de guerra. Por lo tanto se trata de un conjunto de normas establecidas por los Estados y a los Estados. En la práctica, lo que pasa es que los conflictos no cuentan con la participación de agentes estatales. La diversidad de actores no estatales que emplean la fuerza – como grupos terroristas, paramilitares y compañías militares privadas son a menudo transnacionales – como era de esperar en los conflictos armados y se hace cada vez más evidente. En este escenario, tiene un tiempo difícil haciendo que también se comprometen con respecto a las normas que rigen la armada en conflicto. Muchos grupos no-estatales, tales como los grupos terroristas – como objetivo precisamente dirigida a civiles para extender una sensación de miedo y terror que viola directamente el derecho internacional humanitario. El desafío de los instrumentos jurídicos enmarca estos grupos y sus individuos para responder penalmente, para que violaciones sería procesadas y condenadas en los tribunales, ya sea nacional, ad hoc tribunales o la Corte Penal Internacional.

No es sólo la diversidad de actores que dificulta la protección de los civiles. El caso del ataque contra el hospital en Afganistán demuestra que las fuerzas armadas regulares también ofrecen riesgos a la población civil, principalmente debido al uso de tecnologías que son cada vez más el warfighter en el campo de batalla. Los ataques aéreos permiten la destrucción de objetivos militares, sin embargo constituye un problema cuando golpear objetivos civiles. Independientemente de estos ataques sea intencional o el resultado de un fallo técnico, es un hecho que ocasionan grandes impactos sobre la población civil. Cuando hablamos de daños de vehículos aéreos no tripulados (drones) son también de preocupación. Aunque existe la posibilidad de hacer un ataque con los aviones no tripulados, dirigidos a objetivos militares solo y escasamente civiles, no es siempre observado en la práctica. Esta tecnología hace que haya una desconexión física y emocional del piloto con el campo de batalla. Tal retiro puede conducir a la banalización de la violencia que llega, desproporcionadamente, a civiles. De esta manera, diversos actores del estado también son responsables de golpe la población civil durante los conflictos armados a usar tecnologías indiscriminadamente, sin la debida atención a las normas internacionales.

La existencia de un mecanismo de sanciones en las condiciones del derecho internacional humanitario, de manera fundamental, su eficacia. Qué es el punitivo como el sistema de sanciones, pero esta estructura tiene también un fin preventivo, como su introducción en el derecho interno de los Estados, hace que su influencia en los comportamientos de las personas y sobre el desempeño del propio Estado, para, al mismo tiempo, sancionar y prevenir.

El sistema penaliza dos categorías de infracciones. El primer tipo de infracción que los Estados deben castigar son las deficiencias y actos contrarios a las disposiciones de los convenios y protocolos. Las acciones que el derecho internacional humanitario, con respecto a este tipo de infracción, es idéntico a las contenidas en el público internacional con objeciones, el contrario actos y violaciones de los tratados internacionales. Significa que en el derecho interno de los Estados, estas actuaciones son susceptibles de sanciones administrativas o judiciales disciplinarias y que, a nivel internacional, se aplican los mecanismos de la responsabilidad internacional respecto a la no conformidad con el tratados. La primera obligación del estado es tomar todas las medidas necesarias para cesar el comportamiento o violatório de estas disposiciones.

En segundo lugar, existe un sistema de la ley de Geneva, conocido como las graves violaciones ", que se clasifican bajo este hecho, como" crímenes de guerra ": estas son las violaciones que, desde el punto de vista de los autores de los instrumentos humanitarios, representan un peligro especialmente grave y permanecer impune, llevaría a la quiebra total del sistema.

El término "graves violaciones" cualquiera de los actos que los convenios y el Protocolo n ° 1 lista como tal, de manera exhaustiva, lo que significa que el tipo de comportamiento que constituyen un crimen de guerra, operar el dispositivo tratados.

Las autoridades deben emprender entonces juzgar a personas acusadas de haber cometido infracciones, ya sea a través de modo de comissivo, o por omisión, contraria a un deber de actuar. De estas autoridades, los líderes militares tienen la obligación de asegurarse privado prevenir infracciones constitutivas de crímenes de guerra, así como la les represión de y reportarlo, de lo contrario, los órganos competentes.

Hay que destacar, también, el principio de responsabilidad individual, consagrada por este derecho en el caso de crímenes de guerra. Este principio impide la sustracción de la responsabilidad de una persona con razón actúa como representante de un órgano del estado, cumpliendo con las órdenes desde arriba, con el fin de extraer usted de su culpabilidad.

Por otro lado, con respecto a crímenes de guerra, estableciéndose en el sistema de Geneva, llamado "competencia penal universal" de las Asamblea de Estados partes en los tratados de Ginebra.

La consecuencia de este sistema universal de la pena, que obliga al Estado ha asistido a los crímenes de guerra acusados ante sus tribunales a extraditarlo para ser juzgado, bajo todas las garantías de debido proceso legal, en teoría excluye la posibilidad de que los crímenes de guerra sin la correspondiente sentencia. Esta regla de "juez o el juez" garantiza, en principio, la universalidad del funcionamiento de los aparatos represivos previstos por los tratados de Ginebra.

De hecho, vemos que el funcionamiento del sistema de sanciones del derecho internacional depende totalmente de la voluntad política de los Estados. No es acerca de no de la imperfección, ni las deficiencias jurídicas de ese sistema de sanción, sino sólo el medio para implementar en la legislación nacional y hacerlo respetar en las relaciones internacionales.

De hecho, en cualquier sistema jurídico violaciones se considerará como evidencia de que las leyes contra los que no son necesarias una amenaza. Por el contrario, por violar una regla, es imperativo que existe y, en el estado actual del derecho internacional humanitario, puesto que hay no hay escasez de tales reglas, pero sí, somos testigos de que cada día, la voluntad política de observar y cumplir con ellos.

En cuanto a la creación del sistema de "sanción universal", es sin perjuicio de lo la posibilidad de crear tribunales internacionales ad hoc con competencia para conocer violaciones de derecho humanitario, tales como impuesta después de la segunda guerra mundial y más recientemente para la ex-Iugoslávía y Ruanda, o reconocer la competencia, relativas a la aplicación del derecho internacional humanitario, a los tribunales internacionales existentes como la Corte Internacional de Justicia de la haya, por ejemplo.

El DIH es, no hay que olvidar que, un derecho de los Estados, aunque el impulso de su moderno y su desarrollo de codificación ha sido ampliamente promovido por el Comité Internacional de la Cruz Roja.

En consecuencia, aunque las fuentes de inspiración del DIH son de naturaleza filantrópica, estándares positivos de los tratados, negociados por Plenipotenciarios de los Estados partes, a menudo impregnada de razón propia razones de estado ", en el que los "imperativos de la humanidad", que constituyen la piedra angular del sistema, se templó por consideraciones inducida por "necesidades militares".

En cambio, el desempeño de un código basado en conceptos que diferencian a la civilización de la barbarie, no se puede y nunca debe ser interpretado como una debilidad o una concesión frente a un oponente. Bien entendida y aplicada inteligentemente, el derecho humanitario, cuyo sentido profundo no representa o a la mínima expresión del respeto por la dignidad inherente en cada ser humano, no impide en modo alguno la tarea lograda por las fuerzas armadas y las fuerzas del orden para defender la seguridad de una sociedad o un país.

De hecho, una autoridad que viene a demostrar a la población que la lucha se lleva a cabo en estricta legalidad, mostrará su solvencia moral todo el tiempo y su ética y así ganar la confianza y el apoyo de los ciudadanos, sin la cual nunca puede obtener una victoria definitivo, ni establecer una paz justa y duradera.

Por último, debemos convencernos, hoy más que nunca, ese derecho internacional humanitario es un patrimonio común de la humanidad, que, dado su carácter universal, proteger el mundo contra caos total y atrocidades sin límites. Es por ello que el artículo 1 común a lo cuatro reitera convenios de Ginebra la responsabilidad colectiva de todas las Naciones, no solamente "respetar" sus estándares, cuando directamente se involucra en situaciones de conflicto armado, sino también para "hacer sentido", por las partes involucradas en cualquier conflicto y riesgo de ver desaparecer poco a poco un edificio jurídico y moral construido pacientemente, que bien podría, algún día, nuestro último baluarte contra la locura Destructor del ser humano[5].

La República Federativa del Brasil ha ratificado el 29 de junio de 1957 los convenios de Ginebra de 1949 y se incorporó en su dos 05.05.1992 protocolos adicionales de 1977. Estos instrumentos contienen un conjunto de reglas internacionales destinadas a dar protección a las víctimas de los conflictos armados.

Hoy en día, casi todos los países del mundo (185 países) son partes en esos convenios y por lo tanto, se comprometió a "respetar y hacer respetar" las reglas, como se describe en el texto y específicamente, con este propósito especial, les dan su Fuerzas armadas. El objetivo de esta sección es permitir que los oficiales, cuya finalidad es, mejorar sus conocimientos de las normas humanitarias existentes y dar a conocer las reglas esenciales de comportamiento a subordinados, que recibirán instrucciones sencilla y precisa, a través del texto que sigue, así como algunos de los comentarios que la acompañan.

Consideraciones finales

 Actualmente hay una gran cantidad de retos para el derecho internacional humanitario que necesitan ser considerados por la comunidad internacional en áreas tales como el terrorismo, detenciones, conducta de las hostilidades, la ocupación y las sanciones. Sin embargo, hay muchos casos en que este derecho estaba presente para proporcionar una mayor protección a los civiles, los enfermos, heridos, mujeres, niños, entre otros. Se sabe que es muy difícil poner en práctica todas estas normas, ya que existen numerosas circunstancias en que compromiso las relaciones entre Estados.

La necesidad de derecho internacional humanitario para la promoción de la paz, la moderación y la humanización durante los conflictos armados. Algunas iniciativas se imponen a los Estados con el objetivo de aumentar la eficacia y el respeto por el derecho internacional humanitario, por ejemplo, aumentar las fuerzas armadas, así como todas las personas. Debe castigar cuando hay necesidad de que todos los que no cumplan con las normas de mantenimiento de la paz, en particular violaciones de los convenios de Ginebra y sus protocolos adicionales.

Referencias

ALBERICO, Gentili. El derecho de la guerra. Colección clásicos del derecho internacional, segunda edición, 2006.

Campos, Camila. La aparición y evolución del derecho humanitario. Universidad de Brasilia (UNB): Departamento de relaciones internacionales, 2008.

DEYRA, Michel. Derecho internacional humanitario. Oficina Procuraduría General de la: Oficina de documentación y derecho comparado, ed. 1, 2009.

KISSINGER, Henry. Diplomacia. Piedra de toque Books, Nueva York, ed. 1, pag 103-136, 1994.

[1] Abogado, doctor en derecho internacional por la Universidad Autónoma de Asunción.

[2] Campos, Camila. La aparición y evolución del derecho humanitario. Universidad de Brasilia (UNB): Departamento de relaciones internacionales, 2008.

[3] DEYRA, Michel. Derecho internacional humanitario. Oficina Procuraduría General de la: Oficina de documentación y derecho comparado, ed. 1, 2009.

[4] ALBERICO, Gentili. El derecho de la guerra. Colección clásicos del derecho internacional, segunda edición, 2006.

[5] KISSINGER, Henry. Diplomacia. Piedra de toque Books, Nueva York, ed. 1, pag 103-136, 1994.

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